Ley 20.393

Canal de Denuncias

Sistema de denuncias anónimas para reportar conductas que puedan constituir delitos contemplados en la Ley 20.393 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

Reglamento del Canal de Denuncias

Ley 20.393 - Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas

La Ley N° 20.393, publicada el 2 de diciembre de 2009, establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo, cohecho a funcionarios públicos nacionales y extranjeros, receptación, corrupción entre particulares, administración desleal, apropiación indebida, negociación incompatible, y otros delitos incorporados posteriormente.

CONSA, Consorcio Salinero del Tarapacá S.A., en cumplimiento de esta normativa, ha implementado un Modelo de Prevención de Delitos que incluye este Canal de Denuncias como herramienta fundamental para la detección y prevención de conductas ilícitas.

Objetivo del Canal

Este canal tiene como objetivo facilitar la comunicación de cualquier situación o conducta que pueda constituir un incumplimiento de las normas legales, reglamentarias o del Código de Ética de nuestra organización, especialmente aquellas relacionadas con los delitos contemplados en la Ley 20.393.

Confidencialidad y Anonimato

  • Las denuncias pueden realizarse de forma anónima o identificada, según prefiera el denunciante.
  • Únicamente el Oficial de Cumplimiento tiene acceso a la identidad del denunciante cuando este se identifica.
  • Se garantiza protección contra represalias a quienes denuncien de buena fe.
  • La información proporcionada será tratada con absoluta reserva y confidencialidad.

Proceso de Gestión de Denuncias

  1. 1Recepción: La denuncia es recibida por el sistema y se genera un código único de seguimiento.
  2. 2Evaluación: El Oficial de Cumplimiento evalúa la denuncia y determina su procedencia.
  3. 3Investigación: Se realiza una investigación interna conforme a los procedimientos establecidos.
  4. 4Resolución: Se adoptan las medidas correctivas o disciplinarias que correspondan.

Oficial de Cumplimiento

El Encargado de Prevención de Delitos (Oficial de Cumplimiento) es el responsable de la gestión de este canal y de la implementación del Modelo de Prevención de Delitos de CONSA. Sus funciones incluyen:

  • • Recibir y gestionar las denuncias de manera confidencial
  • • Supervisar el cumplimiento del Modelo de Prevención
  • • Informar al Directorio sobre la situación de cumplimiento
  • • Proponer mejoras al sistema de prevención

Delitos contemplados en la Ley 20.393:

  • Cohecho a funcionario público
  • Lavado de activos
  • Financiamiento del terrorismo
  • Receptación
  • Negociación incompatible
  • Corrupción entre particulares
  • Apropiación indebida
  • Administración desleal
  • Delitos informáticos
  • Otro delito Ley 20.393

Nota importante: Las denuncias falsas o malintencionadas pueden dar lugar a responsabilidades legales para el denunciante. Este canal debe utilizarse de manera responsable y de buena fe.